NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA (IFRS – inglés)
- DyG Innovación Financiera
- 28 sept 2021
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 23 jun 2022
Debido al aumento en los negocios internacionales no sólo en los países Europeos y Asiáticos, sino también en los de Occidente o Americanos; a través de los avances en la tecnología y de la facilidad de realizar transacciones, tanto comerciales como financieras, se ha presentado una gran interdependencia económica a nivel internacional entre todos los países del mundo.
Todo ello, se ve exteriorizado en la manera como se deben informar los resultados de dichas actividades económicas, a través de los estados financieros, teniendo que ser éstos comparables, consistentes y con transparencia en sus cifras, a nivel interno de cada país y a nivel externo, con los demás países, sean de la misma región o de otras regiones; sabiendo que el mundo se divide en varias regiones comerciales, entre las que se presentan tratados de libre comercio, para el intercambio de bienes de consumo y de servicio y para negociar los precios de las mercancías; entre las que se destacan, Norte América, Sur América, Centro América, Asia – Pacífico, Unión Europea, Oriente medio y Africa.
A partir de éste siglo XXI se comienza a implementar desde los países desarrollados, la uniformidad en la presentación de la información financiera, para poder realizar los negocios más ágilmente, al efectuar los estudios a los datos específicos de dicha información, los cuáles, encontrándose organizados de la misma manera en todos los países, facilitan su evaluación matemática y su análisis estadístico. Así que se crean unas normas para ser acogidas en forma gradual por todas las Empresas de todos los países a nivel mundial, llegándose a un acuerdo de unificar un solo patrón de estándares técnicos, publicados por una institución privada denominada (IASB International Accounting Standards Board).
En sí, lo que se establece con éstas normas son los requisitos de reconocimiento, medición, presentación e información a revelar, sobre hechos económicos, por medio de los reportes oficiales establecidos y la oportunidad de crear o de mejorar las políticas contables y financieras, para optimizar la eficiencia y la eficacia de las Empresas en el mundo comercial; en ésta evolución continua, Colombia, se acoge expidiendo la ley correspondiente en el año 2.009, encargando al CTCP Concejo Técnico de la Contaduría Pública la normalización técnica, quienes, con el apoyo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, decretan oficialmente los marcos normativos, estableciendo tres grupos de entidades para acogerse a la implementación; en 2.012, el grupo 1, emisores de valores y de interés público o que cotizan en bolsa; en 2.013, el grupo 2, empresas no emisoras de valores ni que cotizan en bolsa, de tamaño mediano y pequeño; y en 2.012 también, el grupo 3, microempresas y personas naturales o jurídicas pertenecientes en ese año a régimen simplificado.

Comments